A continuación un resumen de los cambios fiscales y legales que se estarán realizando durante 2017 y cómo afectan a los sistemas de SCA:

Sistema de Nómina NOW

1. Tarifas de ISR 2017: Las tablas para el cálculo de ISR son las mismas que en 2016. Ya está lista la nueva versión del Sistema de Nómina NOW que las incluye.

2. Salario Mínimo: Se publicó el nuevo salario mínimo para 2017 de $80.04. Ya está lista la nueva versión del Sistema de Nómina NOW que lo incluye.

3. Unidad de Medida y Actualización (UMA): En enero de 2016 se publicó un decreto que desindexa el Salario Mínimo (SM), para que ya no sea la base para determinar incrementos en asuntos no laborales. Inicialmente la UMA tuvo el mismo valor que el SM vigente en 2016, por lo que usar UMA o SM en los cálculos era indistinto. 

A partir del 1 de enero de 2017, el SM se incrementó a $80.04, pero la UMA permanece con su mismo valor de 2016: $73.04. 

Durante Enero de 2017 el INEGI va a determinar un nuevo valor para la UMA en base a la inflación anual de 2016, que estará vigente a partir del 1 de Febrero de 2017. Por ejemplo, si la inflación de 2016 termina en 3%, la UMA a partir del 1 de Febrero sería $75.23 y estaría vigente hasta el 31 de Enero de 2018.

Esta diferencia entre el SM y la UMA afecta los cálculos del Sistema de Nómina NOW. Todavía hay un poco de confusión, pero el criterio que podemos seguir hasta el momento es: 

Aún quedan detalles por definir. Por ejemplo de acuerdo a la LFT no se le pueden hacer descuentos a trabajadores que ganen menos de $80.04 (SM), pero la Ley el IMSS indicaría que no se le pueden hacer descuentos a trabajadores con ingreso menor a $73.04 (UMA). Hay que estar atentos a los comunicados y reglas que emitan las diferentes autoridades en los próximos días.

En breve le estará llegando un boletín detallando los cambios en el Sistema de Nómina NOW. En la segunda quincena de Enero liberaremos otra versión con la nueva UMA vigente a partir de Febrero.

4. Complemento Nómina Versión 1.2: A partir del 1 de Enero de 2017 la versión del Complemento de Nómina que se usa para generar el Recibo de Nómina Electrónico cambia de 1.1 a 1.2. Ese cambio implica nuevas validaciones y nuevos catálogos que hay que configurar. Aunque el SAT publicó hace tiempo las especificaciones del Complemento, aún sigue haciendo cambios (el último ayer lunes a las 18:55), y a muchos PAC todavía no les da la aprobación de sus sistemas para timbrar el nuevo complemento.

El SAT dio una prórroga hasta el 1 de Abril de 2017, pero no es realmente prórroga, pues todos los CFDI que se timbren con versión 1.1 de Enero a Marzo, tendrán que cancelarse y volverse a timbrar con versión 1.2 a partir del 1 de Abril.

Sistema de Contabilidad SCA

5. Prórroga en Contabilidad Electrónica: La obligación de enviar mensualmente los archivos XML de la factura electrónica permanece sin cambios. El SAT publicó un nuevo anexo 24, pero simplemente cambió la redacción para no incluir lenguaje técnico ni palabras en inglés, para invalidar los amparos que ya habían ganado algunos contribuyentes.

Como al parecer ya quedaron atrás los amparos y el SAT ya va a requerir esta obligación, en la RMF 2017 está dando una prórroga hasta el 1 de Abril de 2017 para que todos los contribuyentes tengan oportunidad de presentar sus archivos desde 2015:

Imágenes integradas 3

Facturación Electrónica (SCC/SCB, Data Inn, ARR)

6. Complemento Comercio Exterior: Para empresas que hacen facturas de exportación, a partir del 1 de Marzo de 2017 es obligatorio el uso del Complemento de Comercio Exterior, ya sea en versión 1.0 o 1.1. La versión 1.1 principalmente incluye información para cuando la mercancía no se enajena, o se enajena gratuitamente. El SAT está permitiendo usar ambas versiones simultáneamente.

Los sistemas SCC y SCB ya tienen listo el Complemento en la versión 1.0. Estaremos al pendiente si el SAT hace obligatorio el uso de la versión 1.1 para actualizarlo.

7. Complemento Recepción de Pagos y Cancelación de CFDI: Actualmente existe la obligación de emitir un CFDI por Parcialidades cuando se recibe un pago parcial a una factura. El SAT publicó un nuevo Complemento para Recepción de Pagos, que deberá ser utilizado siempre que se reciba un pago a una factura después de que se emitió, aun cuando sea un solo pago total. Esto será obligatorio a partir del 1 de Julio de 2017.

Adicionalmente, si un CFDI de Factura ya tiene un CFDI de Recepción de Pago ligado, no va a ser posible cancelarlo, tendrá que emitirse una Nota de Crédito para reflejar el descuento, devolución o cancelación

Este cambio implica una fuerte carga administrativa para todos los contribuyentes, y causaría que se tengan que generar muchos más CFDI. Estaremos al pendiente de si realmente toma vigencia esta obligación para actualizar los sistemas que emiten factura.

8Aceptación del Receptor para Cancelación de CFDI: Adicionalmente, para cancelar un CFDI va a ser necesario la autorización del receptor, salvo algunos casos. La solicitud de cancelación se enviaría a través del Buzón Tributario. Esto estaría vigente a partir del 1 de Julio de 2017.

Aún no se conocen los detalles de operación, como la solicitud y la aceptación de la cancelación será mediante el Buzón Tributario, es probable que no se necesite hacer nada en los sistemas, pero estaremos al pendiente por si es necesario crea un nuevo interfaz.

9. CFDI Versión 3.3 (nuevo Anexo 20): El SAT publicó en su página una nueva versión del Anexo 20 que cambia el CFDI de versión 3.2 a 3.3, agregándole nuevos campos y catálogos a validar. Esta nueva versión se supone estará vigente a partir del 1 de Julio de 2017. Estaremos atentos a las modificaciones que haga el SAT a este nuevo anexo y a las fechas de inicio de vigencia, para tener las versiones de los sistemas a tiempo.

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